Texto adaptado de www.tramitefacil.cl, portal del Estado de Chile al servicio del ciudadano.
(D.S. Nº155/18.07.2001)
Se trata de un subsidio que junto al ahorro permite la construcción de soluciones habitacionales que indica.
Un subsidio que junto al ahorro permite la construcción de alguna de las siguientes soluciones habitacionales:
Se busca complementar esta solución con proyectos de áreas verdes y equipamiento comunitario que permitan mejorar las condiciones del barrio.
La solución habitacional es sin deuda. Existe el ahorro, subsidio y se incentiva incorporar aportes de terceros. Cada familia integrante del grupo deberá aportar 10 Unidades de Fomento de ahorro. El monto del subsidio que obtendrá, podrá alcanzar hasta el monto máximo que se indica en la siguiente tabla, expresado en Unidades de Fomento, según la comuna de emplazamiento del proyecto habitacional:
Comuna De Emplazamiento Del Proyecto Habitacional |
Monto Máximo De Subsidio (en U.F.) |
Todas las comunas de la XII Región con excepción de la comuna de Punta Arenas. |
420 |
Comuna de Isla de Pascua de la V Región. |
420 |
Todas las comunas de la XI Región. |
360 |
Todas las comunas de la Provincia de Palena X Región. |
360 |
Comuna de Punta Arenas de la XII Región. |
360 |
Resto de las comunas del país. |
280 |
Para proyectos que requieran comprar terreno con cargo al subsidio, se podrá destinar hasta el 30% del total de éste.
Selección de los Proyectos:
Los criterios de selección de los proyectos responderán a los siguientes factores :
La respectiva región asignará a cada uno de los tres primeros criterios un valor no inferior a cinco puntos y a cada uno de los dos últimos, un valor no inferior a 20 puntos y, en todo caso, la suma de todos los factores no puede ser superior a 100 puntos.
A la suma de los puntajes obtenidos en estos cinco criterios se agregará:
La selección se efectuará por estricto orden de puntaje, escogiendo primeramente aquellos proyectos que cuenten con Certificado de Precalificación Definitiva y, de quedar recursos disponibles luego de seleccionar éstos, se elegirá también por estricto orden de puntaje, aquellos que cuenten con Certificado de Precalificación Condicionada", emitido por el SERVIU, en base a los proyectos ingresados al Banco de Proyectos.
El Jurado Regional estará presidido por el Intendente e integrado por el SEREMI de Vivienda y Urbanismo, el Director del SERVIU, el SEREMI de SERPLAC, un representante del Capítulo Regional de la Asociación de Municipalidades y un Consejero Regional.
Asistencia Técnica:
Adicionalmente al subsidio, se entregará asistencia técnica por parte de nuestra empresa Alba Ltda. a los proyectos seleccionados para la contratación y ejecución de las obras, para lo que se destinará un máximo de 10 UF por familia.
Procedimientos para el Acceso:
El SERVIU realizará una pre selección de los proyectos postulados que cumplan las factibilidades técnicas, requisitos y condiciones para participar en el proceso de selección (factibilidad técnica y económica del proyecto, puntaje CAS, etc.).
Aquellos proyectos que queden habilitados para participar en el proceso de selección, se seleccionarán atendiendo a los siguientes factores:
El SERVIU asignará el 80% del puntaje total respecto de la Focalización y características de los proyectos:
Se considera un puntaje adicional para aquellos proyectos que cumpliendo con los requisitos del llamado, no fueron seleccionados quedado habilitados en su oportunidad para participar en el proceso de selección siguiente.
Inscripción y Postulación:
El Fondo Solidario de Vivienda es un Programa Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo destinado a dar solución habitacional a familias que se encuentran bajo la línea de pobreza, que participan en grupos previamente organizados, que no hayan obtenido anteriormente un subsidio y que se encuentren inscritos en los registros del SERVIU.
La población objetivo de este Programa son familias cuyo puntaje CAS sea inferior o igual al puntaje promedio Nacional o Regional, según se determine mediante resoluciones el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la región correspondiente.
Podrán postular a subsidio proyectos de tipo Construcción en nuevos terrenos, Construcción en sitio del residente, Densificación predial, Adquisición de vivienda nueva o usada, Adquisición y rehabilitación de cité o edificaciones antiguas, siempre que cumplan lo establecido en el Manual de Procedimiento del Banco de Proyectos de éste Fondo Concursable, Resolución Exenta N° 2.587 (V.Y U.) de 2002 y sus modificaciones.
Para participar en este programa, será requisito que el postulante esté inscrito en el Registro Único de Inscritos del SERVIU. Cada familia interesada deberá tener sólo una inscripción en el mencionado Registro. Podrán postular el jefe de familia, su cónyuge o su conviviente, de acuerdo a la Ficha CAS.
La familia interesada, deberá tener su ficha CAS vigente al momento en que el proyecto ingrese al SERVIU y representada por el jefe de familia, cónyuge o conviviente.
Sólo pueden participar personas solas (familias unipersonales) según ficha CAS, siempre que cumplan con ser personas de 60 años o más, personas con discapacidad debidamente inscrita en el Registro Civil Nacional de la Discapacidad y las personas indígenas que acrediten tal condición según la ley 19.253. Con todo, las familias unipersonales no podrán superar el 30% del total de familias integrantes del grupo.
Los grupos deben estar integrados por 10 familias como mínimo y máximo 300, con excepción de los proyectos de adquisición y rehabilitación de cités y de adquisición, rehabilitación y subdivisión de edificios antiguos, en cuyo caso, dependiendo del proyecto pueden estar integrados por menos familias; requieren ser patrocinados por entidades organizadoras de demanda con o sin fines de lucro, tales como municipios, fundaciones, corporaciones, cooperativas, prestadores de servicios de asistencia técnica inscritos en el Registro de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, además de los SERVIU regionales. Serán estas entidades las encargadas de organizar a los grupos, preparar los proyectos, gestionar los correspondientes permisos y aprobaciones, además de presentar los grupos y proyectos a los concursos regionales, contratar obras y asegurar su correcta y completa ejecución, controlar el cumplimiento del plan de ahorro comprometido, realizar inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, elaborar y ejecutar el Plan de Acción Social.
Los Proyectos deben estar incorporados en el Banco de Proyectos del Fondo Concursable para Proyectos Habitacionales Solidarios.
Además, los proyectos deben contar con el respectivo permiso de construcción o alteración otorgados por la Dirección de Obras Municipales y las factibilidades de dación de los servicios de urbanización, cuando corresponda. En caso que los proyectos requieran de suelo, deberá acreditarse la propiedad del terreno, ya sea ésta a nombre de los postulantes individualmente, del grupo o de la entidad organizadora.
Los conjuntos de viviendas nuevas deben cumplir con los siguientes estándares de equipamiento:
Nº Viviendas |
Unidad Mínima de Equipamiento |
De 30 a 70 |
Plaza con Juegos Infantiles de 200 m2 y Área Recreacional Deportiva de 80 m2. |
De 71 a 200 |
Plaza con Juegos Infantiles de 400 m2; Área Recreacional Deportiva de 200 m2 y Sala Multiuso de 120 m2. |
De 201 a 300 |
Plaza con Juegos Infantiles de 800 m2; Multicancha de 600 m2 y Sala Multiuso de 120 m2. |
Según la tipología de proyecto, se deben presentar los antecedentes de proyecto y familia, exigidos en el Manual de Procedimiento del Banco de Proyectos de éste Fondo Concursable, Resolución Exenta N° 2.587 (V.Y U.) de 2002 y sus modificaciones.
Fono: (02) 696 07 14
Fono/Fax: (02) 688 02 03
Email: agencia.alba@tie.cl
Bandera 465, Oficina 706
entre Compañía y Catedral
Santiago - Chile
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Barra y Moreno Compañía Limitada
Bandera 465, Oficina 706,
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